El Tribunal Supremo ha anulado la convocatoria de oposiciones a la Escala Básica de Policía Nacional que se ha lanzado recientemente por el cuerpo. Serían 2.456 las plazas que ofrecían en un proceso que incorporaba gran cantidad de novedades.
Esta convocatoria estaba considerada histórica. Pero no por la gran cantidad de plazas convocadas, sino por la eliminación de ciertos requisitos que hasta ahora habían sido excluyentes. Entre ellos la altura mínima y la prueba de ortografía, la cual había generado en varias ocasiones cierto debate.
El Tribunal alega que el motivo de la suspensión es que la convocatoria incluía una serie de requisitos que por el momento no pueden exigirse a los opositores. Uno de ellos es la exclusión por llevar cuerpo intraoculares o lentes fáquicas. Este tema ya se había tratado en la resolución de la Dirección General de la Policía por el incumplimiento de la medida cautelar establecida por el propio Supremo en septiembre de 2021.
Según los magistrados de la Sección Cuarta Sala de lo Contencioso aseguran que la actuación del cuerpo provoca confusión y no hay trasparencia en las condiciones que deben reunir quienes quitan participar en esta convocatoria.
El Tribunal Supremo responde a un escrito presentado por algunos opositores, los cuales recurrieron al Real Decreto 326/2021 por el que se aprobó el cuadro médico en el cual se indicaban los motivos de exclusión para entrar en la Policía Nacional. Dentro del marco del recurso es en el que el Supremo ha acordado la suspensión cautelar de las exclusiones que reflejan. La resolución de este recurso aún se encuentra pendiente.
A continuación, indicamos el comunicado del Tribunal Supremo:
La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha declarado nula la resolución de la Dirección General de la Policía, de 15 de noviembre de 2022, por la que se convoca oposición libre para cubrir plazas de alumnos de la Escuela Nacional de Policía al incumplir la medida cautelar que estableció el propio Tribunal Supremo en septiembre de 2021, cuando suspendió la exclusión relativa a llevar cuerpos intraoculares o lentes fáquicas.
La Sala considera que la omisión en la convocatoria de la indicación de que dichas exclusiones están suspendidas cautelarmente y que, en consecuencia, no pueden ser legítimamente aplicadas “conduce a que la resolución de convocatoria de la oposición incluya requisitos que no pueden, en este momento, ser exigidos; y en todo caso, provoca confusión y manifiesta falta de transparencia sobre las condiciones que deben reunir quienes aspiren a participar en dicha oposición”.
La decisión de la Sala responde a un escrito presentado por algunos aspirantes que recurrieron el Real Decreto 326/2021 por el que se aprobó el cuadro médico de exclusiones para el ingreso en la Policía Nacional. En el marco de ese recurso es en el que la Sala acordó la suspensión cautelar de las exclusiones citadas. La resolución de ese recurso está pendiente.
En su auto, el tribunal rechaza la alegación del Abogado del Estado que había presentado un escrito en el que decía que la Dirección General de la Policía había decidido subsanar la resolución impugnada y publicarla en el Boletín Oficial del Estado. El tribunal contesta que esa justificación “no resulta convincente, puesto que no especifica en qué consiste exactamente la rectificación que dice haber adoptado la Dirección General de la Policía, ni cuáles serían sus efectos”.
En Spartan Cops informaremos a nuestros estudiantes en todo momento de los cambios que se produzca con respecto a esta y otras convocatorias. La preparación de las oposiciones a Policía Nacional conlleva un trabajo y esfuerzo, contando en todo momento con nuestras herramientas para que puedan conseguir plaza lo antes posible.